COMUNICADO DE PRENSA
MARTES 4 DE JUNIO
El Diputado Daniel
Mañana expuso en la media hora previa de
SEÑOR
MAÑANA.- Señor Presidente: es de mi interés alertar
sobre la existencia y vigencia de
La
resolución establece nuevos criterios de valoración de la prueba de los
servicios anteriores al 1º de abril de
Dice textualmente: "Se considerarán como servicios probados a los efectos de su cómputo para el otorgamiento de una única jubilación común o por edad avanzada, aquellos servicios de afiliación al B.P.S. prestados como trabajador dependiente con anterioridad al 1º de abril de 1996, cuando estén incorporados en la declaración jurada que el afiliado debe efectuar ante el organismo".
Al
respecto, quiero dejar constancia de que, según informes jurídicos que he
solicitado ‑cosa que no hizo el Directorio del Banco de Previsión Social
a los efectos de dicha resolución‑, el Banco de Previsión Social no está
facultado por
También
debo destacar que la declaración de parte a los efectos de probar y computar
años de servicios para configurar la propia causal jubilatoria constituye un
único y dudoso medio probatorio, que no puede ser valorado racionalmente y de
acuerdo con las reglas de la sana crítica, como lo establece nuestra normativa
legal vigente, especialmente en el artículo 140 del Código General del
Proceso; y ni siquiera equivale a prueba presuncional o indicial, sino lisa y
llanamente a la ausencia de prueba o a una mera afirmación de parte interesada
que debe ser probada. La propia resolución reconoce el nulo valor probatorio de
la declaración del interesado al excluir dicho medio probatorio con la
finalidad de acumulación o traspaso de años de trabajo para obtener
prestaciones por otras cajas estatales o paraestatales o en el marco de
convenios internacionales ‑numeral 2, literal d) de
La
aplicación de
El
contenido de
Nos
hemos referido a las conclusiones arribadas en el supuesto Diálogo Nacional de
Seguridad Social, en donde se acordó reducir de treinta y cinco a treinta los
años de servicio exigidos por la normativa legal para configurar causal
jubilatoria. Pero resulta que tenemos
En
conclusión, quiero alertar sobre la inconstitucionalidad, ilegalidad y riesgos
que implica la aplicación de
Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada al Ministerio de Economía y Finanzas, al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y al Directorio del Banco de Previsión Social.
Muchas gracias
JUEVES 5 DE JUNIO
El Diputado
Daniel Mañana convocó hoy al Palacio Legislativo una reunión conjunta con
Legisladores de
En dicha
reunión se trato como tema principal la nueva Ley de Ordenamiento Territorial
aprobada con los votos solamente de los Legisladores del Frente Amplio.
Dicha
reunión se planteo los graves defectos
de forma y de fondo de dicha ley concluyéndose la necesidad de trabajar
conjuntamente en la elaboración de un Proyecto de LEY MODIFICATIVO a presentar
en el Parlamento Nacional.
VIERNES 6 DE JUNIO
El Diputado Daniel Mañana hará uso de
la cadena ANDEBU a
Diputado Daniel Mañana
Secretaría
Tel:924-95-91
Edificio
“Artigas” – Oficina 326 – Palacio Legislativo